- Está prohibido el consumo de alcohol, tabaco, sustancias psicoactivas y alucinógenas en las áreas de la empresa, sean administrativas y operativas
- Está prohibido presentarse a las áreas de trabajo bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas y alucinógenas.
- Las normas sobre el consumo de tabaco, alcohólicas, sustancias psicoactivas y alucinógenas son aplicables para todo el personal de la empresa, incluyendo los contratistas, subcontratistas, visitantes e invitados en general.
- El coordinador de personal, Personal HSE, ingenieros residentes, directores y supervisores técnicos, prohibirán el ingreso de personas en el sitio de trabajo, a las cuales se les encuentre alcohol o sustancias psicoactivas, así como también a quienes presenten indicios de haberlos consumido. Si alguna persona identifica un trabajador que se encuentre bajo los efectos del alcohól, sustancias psicoactivas y/o alucinógenos, tiene la obligación de reportarlo al personal referenciado al inicio de este ítem, · La empresa, realizara programas de capacitación y monitoreo, para lo cual practicara pruebas de alcoholimetría y los empleados están en la obligación de aceptarlas y/o solicitarlas con el objeto de asegurar sus sobriedad y buen estado físico y psicológico en el desempeño de sus funciones. Si un trabajado se llega a negar a la aplicación de la prueba de alcoholimetría, se deben aplicar las sanciones establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo.
- Adicionalmente Montajes Técnicos Zambrano implementará campañas acerca de los temas, en donde se brindará orientación para los casos identificados.
- Se hará mayor control y seguimiento del cumplimiento de esta política al personal que realicen actividades de alto riesgo y los tenga bajo su responsabilidad vehículos o que ejerzan el cargo de conductores u operadores de maquinaria.